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En qué casos debes declarar el IRPF si eres pensionista

En qué casos debes declarar el IRPF si eres pensionista

Pensionistas.
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La campaña de la renta ha comenzado. Durante este período, que durará hasta el 1 de julio, en el que los contribuyentes deben solicitar sus borradores y hacer sus declaraciones, son muchos los pensionistas que dudan si, en efecto, deben continuar declarando o, por el contrario, no tienen la obligación de presentarlas. Pero, ¿cuál es el deber de los jubilados?

La pensión de jubilación se considera, a efectos de cotización, un rendimiento de trabajo, por lo que estás sujeto a retenciones tributarias y debe declararse en el borrador de la Renta. Todo estará predefinido por las cantidades que se retengan, que dependerán a su vez, al igual que durante la vida laboral, de la cuantía de la pensión que se perciba y de la situación personal y familiar del contribuyente.

En ese sentido, los pensionistas están sujetos a una tabla de cotización específica y a unos mínimos exentos concretos para este grupo de población. Además, hay deducciones a las que pueden acogerse, al igual que el resto de contribuyentes.

¿Qué jubilados están exentos de IRPF?

De acuerdo con la Ley de Presupuestos de 2023, los contribuyentes cuyos ingresos totales del trabajo no excedan los 22.000 euros anuales están exentos de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre que dichos ingresos provengan de un único pagador.

En los casos en los que los ingresos procedan de más de un pagador, el límite se reduce a 15.000 euros. Por tanto, los trabajadores o pensionistas que hayan recibido ingresos superiores a estos umbrales durante el año natural están obligados a presentar la declaración.

Eso significa que, aproximadamente, todas aquellas personas jubiladas que tengan unos 1.571 euros de pensión deberán hacer la declaración. Según los datos de la Seguridad Social, el 47% de las pensiones ascienden a más de 1.500 € al mes.

Los tramos de IRPF para los jubilados

Aquellos pensionistas que cobren por debajo de 12.000 euros anuales están sujetos a una tabla de retenciones por debajo del 1%:

  • Hasta los 3.000 € la retención es del 0,46%
  • Entre los 3.001 € y los 6.000 € es del 0,16%
  • Entre los 6.001 € y los 9.000 € es del 0,09%
  • Entre 9.001 € y 12.000 €, del 0,06%.

En el caso de aquellos pensionistas que cobren más de 12.000 euros anuales, la tabla de retención queda de la siguiente manera:

  • Entre 12.001 € y 18.000 €, la retención es del 2,61%.
  • De 18.001 € a 24.000 €, de 8,69%.
  • Entre 24.001 € y 30.000 €, asciende al 11,83%.
  • Y por encima de los 30.001 €, pasa a ser del 15,59%.

¿A qué deducciones tienen derecho los jubilados?

Además, la Agencia Tributaria contempla una serie de deducciones y exenciones para los contribuyentes pensionistas:

  • Exención por reinversión en rentas vitalicias: según explica Hacienda, quedan exentas de tributar las ganancias patrimoniales "por transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor".
  • ​La transmisión de la vivienda habitual está exenta de gravamen para los mayores de 65 años, según explica la Agencia Tributaria.
  • Los mayores de 65 años pueden quedar exonerados del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) hasta en un 75%, algo que dependerá de lo establecido por cada Ayuntamiento.

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