La Dirección General de Tráfico ha publicado en su página web la Instrucción MOV 2022/12 que recoge la nueva señalización para que los ciudadanos identifiquen la ubicación y las principales características de los puntos de recarga eléctrica en las vías.
Los puntos de recarga eléctrica ya instalados en carreteras y vías urbanas necesitaban ser señalizados e incorporados al Catálogo Oficial de Señales de Circulación, por lo que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ministerio de Interior, a través de la Dirección General de Tráfico, se pusieron a trabajar en conjunto con el objetivo de acordar su contenido en línea con las señales que ya existen en otros países de la Unión Europea.
Además, también se ha consensuado el correspondiente pictograma de “vehículo eléctrico” para su utilización cuando sea preciso especificar que el alcance de una determinada señalización se refiere a esta tipología de vehículos.
1. Pictograma de la señalización de los puntos de recarga en las vías
Los puntos de recarga se señalizarán en las vías con las señales cuyo pictograma y significado se indican a continuación:
“Surtidor de carburante y estación de recarga eléctrica. Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de estación de recarga eléctrica”
“Estación de recarga eléctrica. Indica la situación de una estación de recarga eléctrica”
“Surtidor de carburante, GLP y estación de recarga eléctrica. Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de gas licuado de petróleo (GLP) o autogás y estación de recarga eléctrica”
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